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1. DESCRIPCIÓN

La persona  no podría realizar  la gran mayoría  de las tareas fundamentales del puesto, pero si otras ocupaciones. Por ejemplo, la peluquera  que tiene  alergias a tintes, lacas, perfumes, esmaltes, jabones, etc. No podría  ejercer  de peluquera, pero sí puede de otras profesiones. En este caso, el trabajador no puede llevar a cabo ninguna de las tareas de su profesión habitual o las fundamentales que se requieren en el puesto. Se entiende en este caso, que si bien no puede desarrollar estas actividades, no está imposibilitado para dedicarse a otra profesión distinta.

2. CONDICIONES

  • No puede haber cumplido la edad prevista para acceder a la jubilación contributiva o no debe reunir los requisitos necesarios para optar a ella.

  • Estará afiliado y en alta en la Seguridad Social o en una situación asimilada al alta como puede ser la situación legal de desempleo.

  • En cuanto a los periodos mínimos de cotización para acceder a esta prestación variará en función de la edad del solicitante en el momento de la solicitud siempre que la incapacidad se derive de enfermedad común. En este caso, se exigirá una cotización distinta si se es mayor o no de 31 años

3. SOLICITUD

Las personas que quieran solicitar la prestación de incapacidad permanente total deberán presentar el correspondiente Modelo de Solicitud de Incapacidad Permanente y la documentación necesaria en cada caso ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social INSS que será quien gestione y conceda la prestación.

4. FUENTES

WWW.seg-social.es